Ejemplo de búsqueda: Secretaria en Bogotá Búsqueda avanzada


¿Qué normas y leyes rigen a la contratación por prestación de servicios. y cómo se manejan los aportes a seguridad social?

El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades que contiene derechos y obligaciones y en especial los contratos de prestación de servicios tienen la connotación de ser bien de carácter públicos, celebrados con entidades estatales y/o privados).

Los aportes siguen siendo de manera obligatoria tanto en pensión, salud y ARP.

Los contratos de prestación de servicios se encuentran regulados en las normas del Código Civil y del Código de Comercio.

En los contratos de prestación de servicios, la parte contratante deberá verificar la afiliación y pago de aportes al sistema general de seguridad social en salud del contratista, quien estará afiliado de manera independiente.

Sustento normativo y jurisprudencial

· Artículo 23 Código Sustantivo del Trabajo

· Artículo 23 Decreto 1703 de 2002

· Artículo 3 Decreto 510 de 2003

· Corte Suprema de Justicia. Sala laboral. Sentencia de mayo 4 de 2001

· Corte Suprema de Justicia. Sala laboral. Sentencia de septiembre 06 de 2001

CLAVE

La contratación personal de un trabajador independiente bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios tendrá que ser de manera ocasional, de modo tal que no se cumpla con los requisitos contemplados en el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es, que no se genere una relación laboral.

El contrato de prestación de servicios en nuestra legislación, forma parte de una amplia variedad de contratos en el cual, a criterio de los interesados y con base en las disposiciones legales existentes, se acordarán aspectos como objeto, remuneración por los servicios prestados, tiempo de ejecución de las actividades contratadas y las causas de terminación del contrato, sin que ellos exista una relación de carácter laboral, por lo tanto no le son aplicables las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo, sobre el reconocimiento y pago de la liquidación de prestaciones sociales como sucede cuando se diere la terminación de un contrato de trabajo.
 


La siguiente información ha sido resuelta por personas de la comunidad del portal Gestionhumana.com; Gestionhumana.com y Legis no se hacen responsables por las decisiones que se tomen mediante el uso de esta información. Aconsejamos al usuario asesorarse con un experto para resolver sus dudas y demás inquietudes a profundidad.   




Encuéntrenos aquí

La siguiente información ha sido resuelta por personas de la comunidad del portal Gestionhumana.com; Gestionhumana.com y Legis no se hacen responsables por las decisiones que se tomen mediante el uso de esta información. Aconsejamos al usuario asesorarse con un experto para resolver sus dudas y demás inquietudes a profundidad.